La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó la queja interpuesta por la parte actora contra el recurso Extraordinario Federal denegado por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, en la causa “Transporte Roanmat SRL c/Provincia de Tierra del Fuego AeIAS s/Contencioso Administrativo”, expediente Nº 3252/16 de la Secretaria de Demandas Originarias, a la que se acumulara la causa “Transporte Roanmat SRL c/Provincia de Tierra del Fuego AeIAS s/Consignación”, expediente Nº 3326/16.

En consecuencia, ha quedado firme lo decidido por el máximo tribunal de la provincia mediante pronunciamiento del 20 de marzo de 2018, que rechazó la demanda contencioso administrativa interpuesta por la firma actora –Transporte Roanmat SRL- contra el Gobierno Provincial.

Es importante recordar que el conflicto que lleva mas de 30 años y sin ingreso de público más de 20 años. En el último tiempo y con la iniciativa del Intendente de Tolhuin, Daniel Harrington, volvió a tomar estado público y se esperaba el resultado del recurso de queja a la Corte Suprema de la Nación que había anunciado el abogado de Rolando Reyes, que aún figura como concesionario de las Termas.

La cuenca del Río Valdez están a una altitud de 200 metros sobre el nivel del mar y cuentan con ciertas propiedades: son hipertermales (de alta temperatura) y son aguas oligominerales bicarbonatadas sódicas. ¿Qué significa esto?

Este tipo de aguas tienen baja mineralización, y en aquellos casos donde la temperatura sea alta, como el de Río Valdez, se utilizan para el tratamiento de afecciones reumáticas y procesos del aparato locomotor en rehabilitación de hidroterapia.

Fuente : el copernico