Desde la Dirección de Habilitaciones Comerciales, Bromatología e Inspección General hemos realizado una recorrida por los establecimientos de nuestra ciudad. Nos aseguramos que todos estén informados sobre las normativas vigentes para mantener un ambiente seguro y respetuoso en nuestra comunidad.

En este sentido, es necesario recordar a todos los comerciantes que la Ordenanza N°108/96 establece la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas entre las 23:00 y las 07:00 horas. Además, la Ordenanza N°126/98 prohíbe expresamente la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad.

Destacamos que, según el régimen de faltas vigente, el Artículo 176 establece que las multas por vender bebidas fuera del horario permitido pueden oscilar entre 750 y 2.000 unidades punitorias, y podrían acarrear una clausura temporal de hasta 30 días o incluso definitiva. Por otro lado, los Artículos 177 y 178 se refieren a la falta de cartelería indicativa tanto para la venta a menores como para la prohibición de la venta fuera del horario permitido. Las multas por no cumplir con estas exigencias podrían oscilar entre 400 y 1.200 unidades punitorias. Estas sanciones podrían alcanzar valores monetarios entre los $70.000 y los $350.000.

En este marco, continuaremos visitando y comercios que realicen este tipo de venta para garantizar el cumplimiento de las regulaciones. Queremos que todos los comerciantes de Tolhuin estén informados sobre estas regulaciones para evitar inconvenientes y resguardar el bienestar de nuestra comunidad.

Agradecemos su colaboración y compromiso en el cumplimiento de las normativas municipales.